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El Programa Nacional de Certificación de Biomasa (PNCB), creado por la Resolución MOPC N° 933/20, que reglamenta el Decreto N° 4056/15 “Por el cual se autoriza al Viceministerio de Minas y Energía (VMME), dependiente el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), en Coordinación con el Instituto Forestal Nacional (INFONA), el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a establecer Regímenes de Certificación, Control y Promoción del Uso de Bioenergías que garanticen la sostenibilidad de estos recursos energéticos renovables”, inició su implementación el 01 de julio del año en curso.

El Artículo 17° de la referida reglamentación establece que dentro de los primeros 3 (tres) meses de implementación del Programa, las industrias que consumen biomasa como energético deberán registrarse en el Registro de Consumidores de Biomasa. Este registro se realiza a través del correo electrónico del PNCB ( Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla ) Todos los tramites de registro son realizados de manera virtual, con acompañamiento del personal asignado del VMME (Teléfono: 021 670 924 – internos 109 - 110). Para este cometido, el VMME habilitó una Planilla de Registro (icono excel) – Una vez completado, favor remitir, en el mismo formato, al correo oficial del PNCB.

La planilla Excel pre-elaborada para el registro, busca recabar datos sobre la industria: ubicación, cantidad de sucursales o plantas, estimaciones de consumo de biomasa como energético y otros datos de producción. El PNCB tiene previsto una implementación gradual de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 4056/15:

Periodo de Implementación Gradual del PNCB

Ciclo

Fechas de vigencia

Alcances

Primer ciclo

Se inició el 01 de julio de 2021 y cerrará el 30 de junio de 2022.

En este periodo, las industrias deberán utilizar al menos 30% de biomasa certificada.

Segundo ciclo

Se iniciará el 01 de julio de 2022 y cerrará el 30 de junio de 2023.

En este periodo, las industrias deberán utilizar al menos 50% de biomasa certificada.

Tercer ciclo

Se iniciará el 01 de julio de 2023 y cerrará el 30 de junio de 2024.

En este periodo, las industrias deberán utilizar al menos 70% de biomasa certificada.

Cuarto ciclo

Se iniciará el 01 de julio de 2024 y cerrará el 30 de junio de 2025.

En este periodo, las industrias deberán utilizar al menos 90% de biomasa certificada.

Quinto ciclo

Se iniciará el 01 de julio de 2025.

A partir de esta fecha, las industrias deberán utilizar 100% de biomasa certificada.

Estos porcentajes serán calculados única y exclusivamente sobre la cantidad total de leña proveniente de plantaciones y bosques manejados que son utilizados en los ciclos establecidos, y se excluyen del régimen la utilización de cualquier otro tipo de biomasa como; el pericarpio de coco, cascara de maní, bagazo de caña, aserrín, cascarilla de arroz y finos de carbón, por lo tanto, estos se pueden utilizar sin ninguna exigencia de certificación.

Las empresas tendrán la oportunidad de cuantificar el porcentaje de uso de biomasa certificada requerida durante los 12 meses de duración de cada ciclo, informando del mismo al PNCB durante este periodo. Las evaluaciones de cumplimiento que realizará el PNCB, al término de cada ciclo, serán de carácter documental, sin el requerimiento de controles en plantas de producción ni controles en ruta.

Por otro lado, el inicio del proceso de certificación de biomasa aguarda apenas la conformación del Comité de Certificación de Biomasa (CCB), que será la instancia rectora del PNCB. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° de la Reglamentación del Decreto N° 4056/2015, el CCB estará integrado por diez (10) representantes de instituciones y entes privados del sector (MADES, INFONA, MIC, STP, MOPC, FEPAMA, UIP, CAPPRO, FEPRINCO, UNA).

 

Decreto Nº 6797/22 –Por el cual se modifica el Art. 5º del Decreto Nº 4056/15

Decreto 4056/15 –Regímenes de Certificación de Biomasa

Reglamentación del Decreto 4056/15

Resolución MOPC 933/2020 – Aprobación de Reglamentación
Comunicado del MOPC – Inicio de implementación del PNCB
Estructura del PNCB
AD 08 – Planilla de Registro de Industrias Consumidoras de Biomasa


Actualizado Febrero/2024