1. Skip to Menu
  2. Skip to Content
  3. Skip to Footer>

Última actualización el Miércoles, 21 de Febrero de 2024 14:38

PDF Imprimir E-mail

Resolución N° 1.504/2019

POR LA CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO DE PROFESIONALES DE LA GEOLOGÍA Y LA MINERÍA, DEPENDIENTE DEL GABINETE DEL VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA DE ESTE MINISTERIO.

En virtud al artículo 2º de la Resolución 1.504 del 11 de julio de 2019, los interesados en la inscripción en el Registro de Profesionales de la Geología y la Minería deberán presentar por la Mesa de Entradas Unica del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones los siguientes recaudos:

  1. Títulos universitarios de universidades paraguayas o extranjeras en grado de Licenciatura como mínimo en las áreas de Geología, Minería,  Hidrogeología, Cartografía, Geoquímica y Geofísica, Los títulos emitidos en el extranjero deben estar debidamente homologados, y convalidados.
  2. Fotocopia autenticada de Cédula de Identidad del solicitante de la inscripción.
  3. Certificado de estudio legalizado del solicitante de la inscripción.
  4. Certificado de antecedentes penales.
  5. Foto carnet del solicitante
Ver Resolución 1.504/2019
Listado de Profesionales Registrados


Actualizado Febrero/2024